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Order (Auto)July 23, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Instituto Finaciero De Casanare·Respondent Rodriguez Mora Fernando

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva De Mínima Cuantía Presentada Por Entidad Pública (Ifc) Contra Particulares Por Deuda Adquirida Con La Suscripción De Un Pagaré.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal, suscitado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía presentada por el Instituto Financiero del Casanare, contra unos ciudadanos, con la que pretende que se libre mandamiento de pago en contra de los demandados por concepto de una deuda adquirida con la suscripción de un pagaré.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que, en este caso, se pretende la?ejecución de un contrato celebrado por una entidad pública, el IFC, lo cual se enmarca en la competencia general de la jurisdicción de lo contencioso administrativo prevista en el artículo 104.6 del CPACA.

La Sala Plena precisa que las empresas industriales y comerciales del Estado, conforme con los artículos 85 y 93 de la Ley 498/98 y 14 de la Ley 1150/07, se rigen por el derecho privado en el desarrollo de sus funciones y/o actividades comerciales y, por ende, en su contratación.

Pero, no por ello deja de tratarse de una modalidad de contratación estatal, que es competencia de la JCA, conforme con el artículo 104.2 del CPACA.

El IFC no goza de la calidad de entidad financiera y tampoco se encuentra vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Por esa razón, sus actos o contratos no se encontrarían incursos dentro de la excepción dispuesta en el numeral 1 del artículo 105 del CPACA.

Se reitera la regla de decisión del Auto 554/23

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por Instituto Financiero del Casanare contra la señora Bertilda Mancipe Pérez y el señor Fernando Rodríguez Mora.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6606 al el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 001 Civil Municipal de Yopal, a las partes y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.